10º Día del Ayuno de Daniel
Colocar un patrimonio como garantía de pago ha sido una práctica común en las sociedades. Ya sucedía en la época de Pablo que, dirigido por el Espíritu Santo, aprovechó esa costumbre para concientizar a los cristianos, en Éfeso, sobre su futuro promisorio y eterno.
«… luego de haber oído la palabra de verdad, que es el Evangelio que los lleva a la salvación, y luego de haber creído en él, fueron sellados con el Espíritu Santo de la promesa, que es la Garantía de nuestra herencia hasta la redención de la posesión adquirida, para alabanza de Su gloria.» Efesios 1:13-14
En un lenguaje más simple podemos leer:
…después de haber oído el mensaje del Evangelio ustedes creyeron en el Señor Jesús, fueron salvos y sellados con el Espíritu Santo. El Espíritu Santo es el Sello de Garantía de nuestra salvación hasta el día del Rescate de Su propiedad para alabanza de Su gloria.
Claro que el texto no se refiere a los cristianos piratas o carnales. Sino solo a los nacidos del Espíritu.
Es extremadamente glorioso vivir en la fe de que el sacrificio de la voluntad de la carne, por la causa del Señor Jesús, tiene esa compensación inmediata.
No vimos a Jesús, no Lo sentimos, no Lo tocamos, no vimos Cielos, ni ángeles, nada…
Todo lo que poseemos de garantía de lo eterno es una convicción íntima.
Ese tipo de certeza ya fue profetizada por Jesús, cuando dijo:
«¿Porque Me has visto has creído? Dichosos los que no vieron, y sin embargo creyeron.» Juan 20:29
Por lo tanto, como Tesoro Particular de Dios, los nacidos del Espíritu tienen Ese Sello de Garantía. Mientras estén prestados en este mundo para Su servicio de ganar a otros, ellos tienen el Espíritu Santo de la Promesa que testifica en su espíritu el rescate en el regreso del Señor Jesús.
Son propiedades de Su gloria.
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